AMO A MI COLEGIO

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CAPITULO VII. SERVICIOS DE APOYO Y BIENESTAR ESTUDIANTIL.

Para el desarrollo de las actividades escolares y de formación de los estudiantes, la institución cuenta con servicios, recursos materiales y locativos que es necesario preservar.  Estos servicios se prestarán dentro del horario de permanencia de los estudiantes en la institución y de acuerdo a las normas establecidas para cada servicio, cumplido con los requisitos necesarios y teniendo en cuenta  que en caso de daño de cualquier ele­mento perteneciente a uno de estos servicios, el estu­diante asumirá su responsabilidad y deberá reponerlo.

ARTICULO 52°. BIBLIOTECA.

Es el espacio dotado de libros, revistas, pe­riódicos y folletos, para lectura y consulta, cuyo uso redunda en el desarrollo de altos niveles de lectura, profundización de conoci­mientos, contenidos e investigación que se extiende a las aulas a través de los bibliobancos.

Para acceder a la biblioteca se debe tener en cuenta lo siguiente:

·         Presentar el carné estudiantil.
·         Optar por el buen comportamiento y guardar silencio dentro de las instalaciones.
·         No ingresar ni consumir comestibles  consumirlos allí.
·         Permanecer en el área asignada para la realización de las consultas.
·         Dirigirse de manera respetuosa y amable al funcionario o funcionaria que presta el servicio.
·         Cuidar y utilizar de manera adecuada el mobiliario y los demás enseres que allí se encuentren.
·         Entregar el material prestado dentro del lapso de tiempo establecido por el bibliote­cario según el caso.
·         Cumplir el horario establecido por la insti­tución para este servicio.
·         Portar el uniforme para acceder al servicio en jornada contraria.

ARTÍCULOS 53º. SALA DE INFORMÁTICA.

Para acceder a la sala de informática, el estudiante debe cumplir con las siguientes responsabilidades:
·         Seguir las instrucciones del docente para el manejo del computador y de los programas.
·         Cuidar y dejar en buen estado y en orden sillas y computadores.
·         Velar por el cuidado de los elementos utilizados, respondiendo por los daños ocasionados.
·         Se restringe el uso de CD, juegos, audífonos u otros medios, a menos que por motivos de la clase sean autorizados y bajo previa revisión por parte del docente
·         No se puede correr, saltar o jugar en la sala de cómputo, estas acciones pueden llevar a un accidente.
·         Dentro de la sala no se puede consumir ningún tipo de alimentos. Se deben mantener las manos bien limpias.
·         Siempre que se termine la sesión de trabajo, a menos que se indique lo contrario, se debe apagar correctamente el equipo y taparlo con sus respectivos forros.
·         No acceder a páginas de Internet distintas a las asignadas por el/la docente para el desarrollo de la clase.
·         Mantener el lugar de trabajo ordenado y limpio.
·         Las configuraciones de los equipos deben ser estándar, pues estos son compartidos.
·         El estudiante debe responder con el pago de cualquier elemento equipo que dañe.

ARTICULO 54º. SALA DE AUDIOVISUALES.

Es el aula asignada para ayudar al docente en el desarrollo de las asignaturas permitiéndoles a los estudiantes la comprensión más fácil del conocimiento mediante el uso de re­cursos audiovisuales. Para su ingreso el estudiante debe tener en cuenta:

·         Entrar en orden y mantener un buen comportamiento dentro de la sala,
·         No ingresar ni consumir alimentos ni bebidas dentro de la sala.
·         Permanecer en el lugar asignado para la realización de las actividades programadas.
·         Dirigirse de manera respetuosa y comedi­da a la persona encargada de adminis­trar el servido.
·         No manipular los equipos existentes en la sala sin previa autorización del profesor o de la persona encargada de la actividad.
·         Cuidar y utilizar de manera adecuada el mobi­liario y los enseres que allí se encuentren.
·         Al terminar la actividad dejar la sala en orden y aseada.

ARTICULO 55º. SALA DE ARTES.

Es un salón donde a través de las clases, los estudiantes desarrollan sus conocimientos artísticos, creativos y técnicos en beneficio de ellos mismos y de la cultura regional y nacional. Para su uso, el estudiante debe tener en cuenta:

·         Entrar en orden y mantener un buen comportamiento dentro de la sala.
·         Traer los materiales necesarios para el desarrollo de la clase.
·         No ingresar ni consumir alimentos ni bebidas dentro de la sala.
·         Permanecer en el lugar asignado para la realización de las actividades programadas.
·         Cuidar y utilizar de manera adecuada el mobiliario y enseres que allí se encuentren.
·         Al terminar la actividad dejar la sala en orden y aseada.

ARTICULO 56º. POLIDEPORTIVO.

Es el espacio donde los estudiantes realiza­rán las prácticas deportivas, recreativas y cul­turales, motivando la práctica de los valores y la sana convivencia y disfrutando de las actividades que allí se realizan y que benefi­cian su aspecto físico e integral. Las normas que debe tener en cuenta el es­tudiante que ingrese a polideportivo son:

·         Mantener un buen comportamiento dentro de sus instalaciones.
·         Evitar gritos, abucheos y rechiflas que interrumpan el desarrollo de las clases en los salones cercanos.
·         No ingresar comestibles o consumirlos cuando se estén desarrollando actividades programadas.
·         Permanecer en el área asignada durante la realización de las actividades y demás even­tos programados.
·         Cuidar las instalaciones, no rayar las gra­derías ni dejar basuras o desechos.
·         Respetar el espacio de sus compañeros cuidando su integridad física.

ARTÍCULO 57º. ENFERMERÍA.

Los estudiantes y docentes tienen un espacio oportuno donde pueden atender primariamente sus dolencias y necesidades básicas en cuanto a su salud física.

·         Solicitar al profesor con quien se encuentra el estudiante, el respectivo permiso para asistir a la enfermería.
·         En caso de necesidad urgente fuera del salón de clase cuando no es práctico buscar el pase, el alumno puede recurrir a la Enfermería sin ello. La Enfermera avisará al Coordinador del caso lo más pronto posible.
·         Sólo se suministraran medicamentos a los estudiantes mediante prescripción médica.
·         No se podrá atender a más de un estudiante al tiempo. Esperar turno en silencio en el área de espera indicada, fuera de la enfermería.
·         Mantener informada a la Enfermera de cualquier condición médica que requiera una atención especial o el uso de medicamentos por prescripción médica.
·         Una vez es atendido y si no es remitido a su casa, deberá retornar al salón de clases. debiendo presentar al profesor de turno la comprobación de visita a enfermería en la que se indica la hora de atención.

ARTÍCULO 58º. CAFETERÍA.

Es el espacio donde los estudiantes compar­ten y socializan sus experiencias cotidianas mediante la compra y el consumo de alimen­tos y que será otorgada a particulares me­diante un contrato o a cooperativas debida­mente conformadas. Mientras el estudiante está en la cafetería, debe tener en cuenta lo siguiente:

·         Mantener un buen comportamiento dentro de las instalaciones.
·         Dirigirse de manera respetuosa y comedida a las personas encargadas del servido.
·         Cuidar y utilizar de manera adecuada el mobiliario y demás enseres que allí se en­cuentren.
·         Ayudar a la conservación del aseo y la buena presentación de las instalaciones.
·         Ubicar en los lugares asignados los ele­mentos que son utilizados en la prestación del servicio, tales como envases y utensilios de cocina.
·         Respetar la fila en el momento de comprar los productos, teniendo especial consideración por los estudiantes más pequeños de la institución.
·         Utilizar el servicio únicamente en los hora­rios establecidos y en los casos en que sean autorizados fuera de éste.
·         En caso de daño de cualquier ele­mento, instalación o accesorio perteneciente a ésta dependencia, el estudiante debe res­ponder y resolver directamente con el con­tratista del servicio.


ARTÍCULO 59º. SALÓN DE SONIDO O EMISORA.


Los estudiantes  que sean elegidos para manejar la emisora deberán cumplir con las siguientes exigencias para poder permanecer en ella:
·         No utilizar el sitio para guardar cosas personales (bolsos, bicicletas, zapatos, etc.).
·         Solo deben estar en la emisora los responsables de ella, no se permite la estadía de personas que no pertenecen al grupo de trabajo.
·         Durante la estadía en la emisora las ventanas deben permanecer abiertas.
·         Durante los actos culturales solo debe permanecer una persona en el sitio, para manejar el sonido y para  atender imprevistos.
·         Responder por cada una de las cosas que se les entregan a comienzo del año en inventario.

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